Plazo de presentación:
Hasta el 23 de julio incluido (miércoles).
Objeto:
- Fomentar proyectos que mejoren la competitividad e innovación en el comercio minorista, restauración, hostelería y servicios de Zaragoza.
- Se priorizan actuaciones innovadoras en productos, servicios, experiencia del cliente, procesos empresariales y transformación digital.
Beneficiarios:
- Autónomos dados de alta en RETA y con centro de trabajo en Zaragoza.
- Pequeñas empresas con menos de 50 empleados y volumen de Zaragoza.
- Federaciones, asociaciones y fundaciones del sector con sede en Zaragoza y cuyos asociados pertenezcan mayoritariamente a los sectores objetivo.
- Requiere acuerdo con socio tecnológico, al menos, un centro de trabajo en el término municipal de Zaragoza. Salvo que se acredite especialización.
Ámbito de actividad:
El ámbito de la actividad subvencionable debe estar incluido en las siguientes categorías o epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas:
o Grupo 641. Comercio al por menor de frutas, verduras…
o Grupo 642. Comercio al por menor de carnes…
o Grupo 643. Comercio al por menor de pescados….
o Grupo 644. Comercio al por menor de pan, pastelería, confitería y similares…
o Grupo 645. Comercio al por menor de vinos y bebidas de todas clases.
o Grupo 647. Comercio al por menor de productos alimenticios y bebidas en general.
o Grupo 651. Comercio al por menor de productos textiles, confección, calzado…
o Grupo 652. Comercio al por menor de medicamentos y de productos farmacéuticos;
o comercio al por menor de artículos de droguería y limpieza; perfumería y cosméticos…
o Grupo 653. Comercio al por menor de artículos para el equipamiento del hogar y la const.
o Epígrafe 654.1 Comercio al por menor de vehículos terrestres (hasta motores de 49 cc.
o Epígrafe 654.2 Comercio al por menor de accesorios y piezas de recambio…
o Epígrafe 654.6 Comercio al por menor de cubiertas, bandas o bandajes…
o Grupo 656. Comercio al por menor de bienes usados tales como muebles, prendas y
o enseres ordinarios de uso doméstico.
o Grupo 657. Comercio al por menor de instrumentos musicales…
o Grupo 659. Otro comercio al por menor.
o Grupo 671. Servicios en restaurantes.
o Grupo 672. En cafeterías.
o Grupo 673. De cafés y bares, con y sin comida.
o Grupo 674. Servicios especiales de restaurante, cafetería, y café-bar.
o Grupo 675. Servicios en quioscos, cajones, barracas u otros locales análogos, situados en mercados o plaza de abastos, al aire libre en la vía pública o jardines.
o Grupo 676. Servicios en chocolaterías, heladerías y horchaterías.
o Grupo 677. Servicios prestados fuera de establecimiento o servicios alimentarios.
o Agrupación 68. Servicio de Hospedaje.
o Epígrafe 721.2 Transporte por autotaxis.
o Grupo 755. Agencias de viaje.
o Grupo 942. Otros servicios sanitarios (Clínicas dentales, fisioterapeutas, etc.).
o Grupo 943. Consultas y clínicas de estomatología y odontología.
o Grupo 944. Servicios Neuropatía, acupuntura, para sanitarios. Clínicas veterinarias.
o Grupo 945. Consultas y clínicas veterinarias.
o Grupo 965. Espectáculos (excepto cine y deportes).
o Epígrafe 966.1. Bibliotecas, archivos y museos.
o Epígrafe 966.2. Zoológicos y botánicos.
o Epígrafe 967.1 Instalaciones deportivas.
o Epígrafe 967.2. Escuelas y servicios de perfeccionamiento del deporte.
o Grupo 836. Ayudantes técnicos sanitarios y fisioterapeutas.
o Agrupación 97. Servicios personales
Líneas de actuación:
Líneas estratégicas impacto directo:
o Desarrollo de proyectos de mejora de la competitividad e innovación que permitan a los establecimientos comerciales, de restauración y ocio competir con la venta online de grandes multinacionales y con los centros comerciales.
o Modernizar al sector comercial, restauración, hostelería y servicios de Zaragoza.
o Acercar el comercio local a las nuevas generaciones.
Líneas estratégicas impacto indirecto:
o Fomentar la digitalización de los pequeños negocios de Zaragoza.
o Promoción de la red de comercios y locales de restauración en la zona comercial de Zaragoza.
o Conseguir que aumente el consumo en los locales de las zonas comerciales donde se desarrollen estas actividades
Gastos subvencionables:
1. Gasto corriente:
- Duración inferior a un ejercicio presupuestario.
- No ser susceptibles de inclusión en el inventario.
- Ser tipo nóminas, coste Seguridad Social, IRPF o Servicios profesionales prestados por terceros.
- Como gasto indirecto se podrán incluir:
– Arrendamiento de bienes muebles e inmuebles.
– Gastos de reparación, mantenimiento y conservación de bienes propios o arrendados. Las reparaciones importantes y de gran entidad que supongan un evidente incremento de capacidad y rendimiento o alargamiento de la vida útil del bien no podrán incluirse en el capítulo IV por tratarse de obras de inversión.
– Adquisición de material de oficina no inventariable.
– Suministros de agua, gas, energía eléctrica, teléfono, combustibles y carburantes, no incluidos en el precio de los arrendamientos. - Otros gastos diversos, entre ellos los de publicidad, dinamización o similares
- En ningún caso podrá efectuarse adquisición de bienes inventariables con cargo a capítulo IV del presupuesto de Gastos (Transferencias Corrientes)
2. Gasto inventariable:
- Podrán ser subvencionables los gastos de obras, instalaciones, adquisición de equipamiento, desarrollo propio o por terceros de software y cualquier otro tipo de gasto que tenga la consideración de gasto inventariable.
- No se admitirán proyectos que tengan por objeto solamente la compra o adquisición de un producto o la realización de una instalación.
- En este tipo gasto no se aceptarán gastos indirectos, ya que estos tienen la consideración de gasto corriente.
Cuantía:
- Subvención máxima: 90.000 € por proyecto (hasta 60.000 € por tipo de gasto).
- Subvención mínima: 8.000 €.
- Ayuda máxima: 80% del coste subvencionable.
Periodo subvencionable:
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025. Solo se aceptan gastos generados en ese ejercicio.
Más info en : Zamas mercados / 627 57 40 93 / zamasmercados@gmail.com





